Control de la Conducta de Mercado
una obligación ética, social y económica
Costa Rica se ha caracterizado siempre, por la defensa de los derechos de los diferentes sectores económicos y sociales. No obstante, todavía existen vacíos de orden normativo que permiten abusos del sistema por parte de algunos actores hacia los consumidores.
En ese contexto surge el Observatorio de Mercados y Derechos del Consumidor (OMERCON), organización de derecho, sin fines de lucro, independiente, orientada a vigilar el correcto funcionamiento de los mercados para proponer e impulsar acciones que corrijan sus fallas e imperfecciones y evitar efectos indeseados en la sociedad. Adicionalmente su ámbito de acción es la educación, asesoría, divulgación y defensa de los derechos de los consumidores.
En esa línea uno de los ámbitos que ocupan y preocupan a OMERCON y sus integrantes es la situación y vulnerabilidad de los consumidores financieros del país.
A partir de esto, el objetivo principal de este planteamiento es analizar la situación de los consumidores de productos y servicios financieros, en el marco de la normativa existente, sus limitaciones y la viabilidad de hacer ajustes en las condiciones actuales, pues demandantes de estos servicios se han visto amenazados en sus derechos fundamentales y patrimoniales.
Antes de entrar en materia económica y financiera, principal enfoque de este análisis es importante hacer algunas consideraciones:
• Desde 1994 al 2025, las autoridades supervisoras y reguladoras del sistema financiero y de valores nacional, han intervenido a quince entidades, esto incluye desde el Banco Anglo (1994), COOPEMEX R.L. (2010) y más recientemente, ALDESA, COOPESERVIDORES R.L. o Financiera DESYFIN. Todas sin excepción han culminado en un proceso de quiebra y sus ahorrantes se han visto en serias dificultades para recuperar su patrimonio.
• Estas entidades tenían además de los auditores internos, personal de entes reguladores como SUGEF y SUGEVAL, que estaban monitoreando su comportamiento financiero. En algunos casos ese personal de supervisión estaba permanentemente asignado a revisar cualquier situación de riesgo potencial, que se evidenciara.
• Los consumidores de productos servicios financieros normales o no sofisticados, son tomadores de precios y de las condiciones establecidas por estas entidades financieras, por lo tanto, no tienen posibilidad de negociar cualquier clausula o condición que pueda ser abusiva para sus intereses, de lo contrario el sistema los excluye.
• Esto obedece entre otros aspectos a la asimetría de información, de poder económico y capacidad de negociación entre consumidores financieros atomizados y poco organizados, frente a un sistema financiero que se ha puesto de acuerdo o coludido para imponer condiciones a los demandantes de estos servicios. Esto a vista y paciencia de los reguladores, cuyo interés principal es controlar los riesgos financieros en estas entidades, por lo tanto, los consumidores, sus derechos o el comportamiento ético de las entidades y sus administradores, pasa a un segundo plano.
• Existen en el país una gran cantidad de financieras no supervisadas como cooperativas cerradas, asociaciones solidaristas, entidades de banca de inversión, empresas dedicadas a la supuesta venta de electrodomésticos con características de financiera, casas de empeño y prestamistas informales, cuyo comportamiento, manejo de la información de sus clientes, no solo es carente de control del regulador, sino también rondan el campo de los abusos e irrespeto a los derechos de hacia los consumidores financieros.
Con fundamento en lo anterior, se puede establecer, que en Costa Rica existe solo una supervisión microprudencial de las principales entidades financieras, entendida esta como el seguimiento y reporte de información, para que estas o grupos financieros vinculados mantengan niveles adecuados de solvencia y liquidez y por otra parte cumplan los elementos de la supervisión prudencial o sea que sean prudentes en la gestión del negocio, además de los posibles riesgos relacionados, para lograr estabilidad o evitar pérdidas a los ahorrantes.
Lo anterior parece razonable y proviene de la Normativa de Basilea (1988), acuerdo internacional del cuál Costa Rica es suscriptor, el cual surge posterior a las grandes crisis financieras de los años 70s, desestabilizadoras en buena medida de los sistemas de muchos países desarrollados y en desarrollo.
No obstante, las crisis existentes en entidades financieras locales y los abusos incurridos hacia los consumidores, evidencian que esta normativa prudencial es insuficiente y limitada.
¿Qué tipo de abusos existen hacia los consumidores financieros costarricenses?
• Contratos de créditos, con saldos pendientes a pesar de que el plazo ha finalizado.
• Cobro excesivo de comisiones en tarjetas débito o crédito.
• Imposibilidad de renunciar a tarjetas de crédito a veces otorgadas solo con una llamada telefónica y con penalidades por no uso o saldos existentes no utilizados.
• Presunción errónea de que todos los consumidores financieros son sofisticados y por lo tanto deben conocer los riesgos.
• Cobro de comisiones o sobretasas abusivas.
• Obligación de firmar contratos de adhesión en los cuales los cuales los consumidores carecen de capacidad de negociación o modificación de estas cláusulas.
• Indefensión de los consumidores financieros, por parte del Estado en lo referente a clausulas abusivas en contratos de crédito u otros.
• Venta de información confidencial, por parte de entidades financieras referente al historial crediticio de sus clientes, sin consentimiento informado.
• Divulgación de información confidencial de consumidores financieros por parte de bureaus de crédito o protectoras, sin previa autorización de estos.
• Imposibilidad de derecho al olvido de la información financiera de deudores que entraron en mora o impago.
• Tasas de interés con piso, pero sin techo.
• Comisiones por servicios arbitrarias y abusivas.
Frente a todos estos abusos las consecuencias son amplias, una de las más críticas es el surgimiento de modelos informales e ilegales como los llamados préstamos “gota a gota”, pues aunque la normativa prudencial establece que una persona en mora o impago, debe estar en calificación crediticia negativa en el sistema financiero nacional solo durante cuatro años, la divulgación sin consentimiento de su información, le genera una exclusión permanente y futura de los sistemas formales de financiamiento. Esto empuja a muchas personas a modelos de préstamos informales y en muchos casos esto conlleva a pérdida de su tranquilidad, salud emocional y hasta amenazas a su integridad física y familiar. O sea, un tema en que el Estado ha carecido de capacidad y orden para controlar a las propias entidades financieras públicas o supervisadas, está amenazando, presionando y afectando a ciudadanos humildes, hoy desamparados por el Estado y el sistema financiero formal.
Los abusos en el sistema, las carencias del sistema de supervisión prudencial y las faltas a la ética de los administradores de las entidades financieras, evidencian que en el país hace falta otro pilar fundamental, propio de países más desarrollados en esa materia, como los integrantes de la OCDE (del cual Costa Rica forma parte), la supervisión de la Conducta de Mercado.
La Conducta de Mercado, se refiere a todos los componentes y aspectos relacionados con la transparencia en la prestación de servicios financieros, confidencialidad en el manejo de la información de los consumidores, trato justo, equitativo, respetuoso en la protección e integridad del uso de datos, ética en la prestación de los servicios, transparencia en la información y riesgos de los diferentes productos ofrecidos y en la gestación de recalamos.
El incumplimiento de estos componentes puede conducir a Riesgos de Conducta de Mercado, entendidos estos como las potenciales pérdidas relacionadas con la prestación negligente e inadecuada de servicios financieros o Riesgos Asociados, referentes a la materialización del Riesgo de Mercado, a través de problemas legales, reputacionales o daños económicos, sociales y vulneración de derechos fundamentales, provocados por la entidad infractora o por su personal asociado.
Para poder minimizar estos riesgos es necesario que el país migre hacia un sistema Twin Peaks o de doble supervisión en el cual, además de la supervisión prudencial, se incluya la supervisión de la Conducta de Mercado.
Desde el Observatorio de Mercados y de los Derechos del Consumidor (OMERCON), se ha venido asesorando a la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa y al Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC) para que el expediente No. 24616, Proyecto de Ley de Protección del Consumidor de servicios y Productos Financieros, incorpore las mejores prácticas en esa materia acorde a los países de la OCDE, en los cuales el sistema de doble supervisión y las sanciones por su incumplimiento son legislación vigente desde hace mucho.
La legislación Twin Peaks o de doble supervisión, debe ser aprobada en el país, no solo porque hay una deuda histórica con los consumidores financieros, sino por las prácticas antiéticas que se dan en algunas entidades financieras y sus administradores, que han conducido a riesgos financieros, de conducta y asociados o a prácticas en muchos casos abusivas, frente a un sistema en el cual el consumidor está desprotegido o incluso la legislación misma prohíbe expresamente a instituciones relacionadas como el MEIC, intervenir en caso de irrespeto a derechos de los usuarios de estos servicios y productos financieros.
Adicionalmente, el impacto de estas prácticas en la extracción de riqueza las familias costarricenses son enormes, por ejemplo, un aumento arbitral hacia los deudores de un 1% en tasas de interés, por parte de las entidades financieras del país, provoca un incremento adicional en el cobro de 687.000 millones de colones anuales. Esto significa que estas entidades le están extrayendo al presupuesto de familias costarricenses, el equivalente a un 1,4% del PIB del país (Ramos, W. 2025).
De igual forma, un incremento unilateral de una comisión de un dólar en las tarjetas de débito o crédito, emitidas por las entidades financieras locales, significaría que las familias costarricenses deberán privarse de 82.000 millones de colones anuales en su presupuesto familiar (Ramos, W. 2025).
Esto es crítico, no solo en términos de los derechos de los consumidores financieros, sino también de la economía local, pues el consumo familiar representa más del 60% del Producto Interno Bruto (PIB) del país, por lo tanto legislar en materia de Conducta de Mercado, no solo es un tema ético, sino que puede ser impulsor de la economía local, si le devolvemos poder adquisitivo y mayor capacidad de consumo a las familias costarricenses. A esto debemos sumar los miles de costarricenses excluidos del sistema financiero, por divulgaciones inconvenientes y no autorizadas de su información, que se ven limitados a comprar una casa, emprender un negocio o generar riqueza y hoy más bien están en manos de usureros y delincuentes financieros.
Desde OMERCON hacemos un llamado respetuoso, con espíritu de colaboración, pero firme a las autoridades de supervisión del sistema financiero nacional, al Congreso de la República y a las entidades gubernamentales relacionadas, para que no solo se incorpore en la legislación financiera costarricense el pilar faltante, la regulación de la Conducta de Mercado, sino para que se proporcionen los recursos y condiciones a la futura entidad encargada de supervisar ese componente. El costo de oportunidad de no hacerlo ya es una cruda realidad en los miles de afectados, continuar u obviar este tema, representa una ausencia del Estado en la defensa de derechos económicos, sociales, defensa de la salud mental y de la vida misma de muchos costarricenses, hoy vulnerados por las carencias del sistema o por inescrupulosos que lucran con las necesidades ajenas.
Jaime Manuel Mora Hernández
El autor es Licenciado en Economía, Máster en Administración y Dirección de empresas con énfasis en Finanzas, Egresado de Doctorado en Ciencias Administrativas. Con experiencia de más de treinta años trabajando en el sector financiero, en entidades de comercio internacional, como consultor económico, financiero y social o como académico e investigador en múltiples universidades nacionales y fuera del país. Miembro fundador del Observatorio de Mercados y de Derechos del Consumidor (OMERCON)